CYBERMARESME
RGPD y Cumplimiento

Cámaras de videovigilancia en tu negocio: requisitos RGPD

Instalar cámaras de seguridad en un comercio, restaurante o taller parece un trámite puramente técnico. En realidad, cada cámara que graba a personas identificables está tratando datos personales, con todas las obligaciones legales que eso conlleva.

APAlessandro Panaro · CyberMaresme
29 ago 2026·6 min de lectura
Cámara de videovigilancia instalada en el exterior de un negocio

Las imágenes de una cámara son datos personales

La videovigilancia en un negocio debe cumplir el RGPD porque las imágenes de personas identificables son datos personales, lo que exige informar de la grabación, limitar la finalidad a la seguridad del establecimiento, conservar las grabaciones el tiempo estrictamente necesario y proteger el acceso a esas imágenes frente a terceros no autorizados.

Los requisitos que se suelen pasar por alto

  • Cartel informativo visible en los accesos a la zona grabada, con la información básica sobre el tratamiento y dónde ampliar los detalles.
  • Finalidad limitada a la seguridad: las cámaras instaladas para vigilar el negocio no deben usarse, por ejemplo, para controlar el rendimiento laboral de los empleados sin informarles expresamente de ese uso adicional.
  • Plazo de conservación de un mes como norma general, salvo que las imágenes documenten un delito o infracción, en cuyo caso deben ponerse a disposición de la autoridad en 72 horas.
  • No grabar zonas privadas ajenas al negocio, como el interior de un local vecino o zonas de vivienda colindante, limitando el encuadre al mínimo necesario.
  • Acceso restringido a las grabaciones, solo para el personal autorizado, con registro de quién accede y cuándo si el sistema lo permite.

El matiz que genera más dudas: vigilar a empleados. Usar cámaras instaladas por motivos de seguridad para controlar además el desempeño laboral de los empleados requiere informarles específicamente de esa doble finalidad. Instalar cámaras ocultas o usar las de seguridad para fines no informados puede considerarse una vulneración grave de derechos, más allá del propio RGPD.

Qué hacer si un cliente o empleado pide ver las grabaciones donde aparece

Como cualquier dato personal, las imágenes están sujetas a los derechos de acceso, rectificación y supresión que regula el RGPD. Si alguien identificado en una grabación solicita acceder a ella, la empresa debe poder facilitarla (respetando la privacidad de terceros que también aparezcan) dentro de los plazos generales que explicamos en derecho al olvido: cómo gestionarlo.

Un sistema de seguridad que también debe estar protegido digitalmente

Las cámaras conectadas a internet para acceso remoto son también un punto de entrada si no se protegen correctamente: contraseñas por defecto sin cambiar, firmware desactualizado o acceso remoto sin cifrar convierten un sistema pensado para dar seguridad en un riesgo adicional. Repasa el marco completo de cumplimiento en RGPD para pymes: guía práctica.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio poner un cartel avisando de las cámaras de seguridad?
Sí. La normativa exige informar de forma visible y clara de la existencia de videovigilancia, normalmente mediante un distintivo informativo en los accesos a la zona grabada.
¿Cuánto tiempo se pueden conservar las grabaciones de un negocio?
Como norma general, un máximo de un mes desde la captación, salvo que las imágenes deban conservarse para acreditar la comisión de un delito o infracción.
¿Se pueden instalar cámaras que graben la vía pública o zonas fuera del negocio?
La captación de vía pública debe limitarse al mínimo imprescindible para la finalidad de seguridad, evitando grabar zonas privadas de terceros.

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